Fecha: 04/02/2021
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En muy apretada s铆ntesis, para el doctor Gimeno, el mobbing es la presi贸n laboral tendente a la autoeliminaci贸n de un trabajador mediante su denigraci贸n. Se trata, por lo tanto, de una conducta reiterada en el tiempo compuesta por tres elementos: (i) presi贸n, (ii) tendenciosa; y (iii) ocasi贸n del trabajo.
El acoso laboral, expresi贸n de uso m谩s com煤n aunque no necesariamente equivalente a mobbing, puede ser horizontal (entre personas cuyo cargo en la organizaci贸n corresponde a una misma jerarqu铆a) vertical descendente (donde el agresor ocupa un cargo superior en la empresa) o vertical descendente (donde la v铆ctima es quien ocupa el cargo de mayor nivel).
El acoso laboral, es estudiado por psic贸logos, soci贸logos, industri贸logos y abogados; quienes atienden de acuerdo a su disciplina, temas relativos al perfil del agresor, perfil de la v铆ctima, causas del mobbing, fases, s铆ntomas e incluso efectos y tratamiento.
Un incidente cr铆tico no atendido correctamente en el entorno laboral, puede iniciar un acoso laboral. Normalmente, la ecuaci贸n combina en circunstancias la presencia de algunos de los siguientes factores: hostilidad, agresi贸n, discriminaci贸n, aislamiento, sobrecarga laboral o su opuesto radical (vaciado de tareas y funciones) responsabilizar, irrespetar, difamar y/o ridiculizar p煤blicamente al trabajador (de forma directa o indirecta).
Se sabe que el acoso laboral puede producir en la v铆ctima consecuencias tales como depresi贸n, sensaci贸n de fracaso, frustraci贸n, apat铆a y baja autoestima, lo cual profesionalmente afectar谩 su rendimiento laboral e incluso tendr谩 secuelas en su entorno social m谩s all谩 de la empresa.
Si bien el 谩mbito natural propicio para el acoso laboral se encuentra fundamentalmente en modalidades de prestaci贸n de servicios presenciales que involucran pluralidad de sujetos e interacciones como las descritas, nada impide que en el trabajo a distancia (incluyendo teletrabajo) tambi茅n ocurra este fen贸meno. De hecho, las primeras mediciones disponibles, muestran que en pandemia la vulnerabilidad en el trabajo a distancia puede ser mayor.
Por ello, los especialistas recomiendan que en caso que un colaborador identifique que puede estar siendo objeto de acoso laboral en teletrabajo debe, en primer lugar, documentar la conducta y conservar todo registro electr贸nico posible que permita evidenciar su rendimiento, as铆 como tambi茅n la presencia de los factores que acompa帽an esta situaci贸n para, posteriormente, contactar a un especialista y obtener uan soluci贸n efectiva.
Si bien es cierto las empresas deber铆an contar con protocolos para atender este tipo de denuncias y darle respuesta satisfactoria, hay pa铆ses en los cuales aun no existe legislaci贸n espec铆fica sobre la materia.
En el caso venezolano, el acoso laboral se encuentra previsto como causal de terminaci贸n de relaciones de trabajo en la Ley Org谩nica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras vigente. Igualmente, abtenerse de realizar acoso laboral e impedir que otros trabajadores lo hagan, es uno de los deberes patronales contenidos en la Ley Org谩nica de Prevenci贸n, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. Incluso, el Reglamento Parcial de dicha Ley coloca a los delegados de prevenci贸n el deber de denunciar de dichas situaciones, habida cuenta que de acuerdo con las normas t茅cnicas sobre la materia, se le considera una enfermedad ocupacional, e incluso un delito de acuerdo con la normativa vigente cuando la v铆ctima es mujer.
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