Fecha:07/09/2019
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En reciente decisión de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se ratificó el criterio según el cual, en caso delbeneficio de alimentación pendiente a la finalización de la relación laboral, el mismo deberá pagarse con el valor de la Unidad Tributaria vigente al momento de dictarse la decisión definitivamente firme ante el tribunal compente.
Para conocer más detalles de la decisión en análisis, así como también de otros casos previos en los cuales el máximo tribunal ha sostenido de forma reiterada y pacífica dicho criterio (y su correspondiente fundamento de derecho) suscríbase a nuestra página web y disfrute desde ya tener acceso a la base de datos jurídico laboral más completa de Venezuela.